miércoles, 4 de noviembre de 2009

NOTICIA

AVANCE. SECTOR TRABAJO CULMINA PROYECTO DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EMPRESARIAL
Reconocimiento de buenas prácticas laborales en 2010

MTPE certificará a empresas por mantener adecuado clima laboral

Ministra García impulsa debate de la nueva ley procesal de trabajo

A partir del próximo año, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) podría iniciar el otorgamiento de los certificados de buenas prácticas laborales para reconocer el esfuerzo de aquellas empresas que adoptaron medidas creativas para promover y defender los derechos de los trabajadores, así como mantener un adecuado clima laboral.

Así lo informó la titular del sector, Manuela García, quien aseguró que ya está listo el proyecto de responsabilidad social empresarial (RSE), el cual tendrá que ser revisada y puesta en consideración de los empleadores, para enriquecer el documento final con sus aportes, a fines de noviembre.
“El próximo año, ya podría implementarse y aplicarse este reconocimiento a aquellas empresas que cuentan con buenas prácticas laborales, independientemente del tamaño o número de trabajadores que tengan a su cargo”, aseguró la ministra durante una reunión con las empresas afiliadas a la Asociación Peruana de Recursos Humanos.

En este contexto, consideró que anualmente podría hacerse una evaluación de las empresas que cumplen determinados estándares laborales para ser reconocidas. Por el costo que implica, ahora, son pocas las empresas que han optado por certificados similares que emiten otras entidades, dijo la ministra.
El otorgamiento de los certificados de buenas prácticas laborales da cumplimiento a la RM Nº 118-2007-TR, que prevé dicho reconocimiento. Así, las buenas prácticas se sustentan, por ejemplo, en el cumplimiento oportuno de remuneraciones, participación de género dentro de la empresa, en el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo, erradicación de las peores formas de trabajo infantil, en no tener trabajo forzoso.

Igualmente, en poder incorporar a personas con discapacidad, básicamente en el respeto al ejercicio de la libertad sindical, la promoción de la negociación colectiva, el respeto al ejercicio del derecho de huelga.
“La responsabilidad social empresarial no es simple filantropía, es incorporar dentro de la gestión de negocios de la empresa, principios y valores éticos. Eso conlleva entonces que una empresa que aplique estas prácticas esté alineada con su visión, misión y la política que va ha realizar”, señaló.

En el mundo actual, las empresas están compitiendo no solo por obtener los mercados sino también por tener una buena reputación, aseveró García, quien añadió que en el Perú hay empresas que han obtenido licencia social, es decir, que las comunidades aceptan su presencia y su impacto favorable dentro del área geográfica donde se desempeñan.

Reducirán conflictos
La iniciativa legal presentada por el Ejecutivo al Congreso para agilizar los juicios laborales facilitará el acceso a los derechos de los trabajadores, fomentará una cultura del cumplimiento y reducirá los conflictos, afirmó la ministra de Trabajo, Manuela García, quien remarcó que las innovaciones incorporadas en el proyecto de la nueva Ley Procesal de Trabajo permitirá la culminación de estos juicios en seis meses.

García, de esta forma, presentó la iniciativa legislativa en el seminario Proyecto de nueva ley procesal del trabajo, que contó con la participación de los viceministros de Trabajo, Elisabed Cevallos; y, de Promoción del Empleo, Javier Barreda.
Además, intervinieron como expositores el ex ministro de Trabajo, Mario Pasco; el asesor del despacho viceministerial, Paúl Paredes; y los laboralistas Luis Vinatea, Javier Arévalo y Giovanni Priori Posada.

La puesta en práctica de esta iniciativa implicará además la implementación de un conjunto de actividades complementarias vinculadas a la formación y capacitación de los usuarios de la justicia laboral, el desarrollo de infraestructuras a nivel informático y de bienes muebles e inmuebles, la necesidad de redistribuir las competencias geográficas de los juzgados a partir de un mapeo de la conflictividad laboral a nivel nacional, entre otros.

martes, 3 de noviembre de 2009

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2009-EF-77.01

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2009-EF-77.01.- Cronograma de pago de pensiones
y otras prestaciones sociales y de personal y obligaciones sociales en la Administración
Pública, correspondiente al mes de noviembre de 2009
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 010-2009-EF/77.01
Lima, 2 de noviembre de 2009

Para garantizar la distribución de los recursos del Tesoro Público, por Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la Caja Fisca , es necesario incluir el indicado Cronograma a los Gobiernos Locales comprendidos en el Plan Piloto de Municipalización de la Gestión Educativa a que se refiere el
Decreto de Urgencia Nº 044-2009 .

ORDENANZA REGIONAL Nº 0015-2009

ORDENANZA REGIONAL Nº 0015-2009-GORE-ICA.- Establecen el aporte de las niñas, niños
y adolescentes menores de 18 años al Desarrollo Sostenible de la Región Ica, por medio de
su participación voluntaria en la creación y mejora de áreas verdes y cuidado del ambiente
en espacios públicos y privados

ORDENANZA REGIONAL
Nº 0015-2009-GORE-ICA

Ica, 2 de octubre de 2009

la Convención sobre los Derechos del Niño, establece estos derechos; así como,
define los derechos humanos básicos que disfrutan los niños y niñas en todas partes: el derecho a
la supervivencia; al desarrollo pleno; a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y
la explotación; y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. Los cuatro principios
fundamentales de la Convención son la no discriminación; la dedicación al interés superior del
niño; el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo; y el respeto por los puntos de vista del
niño. Todos los derechos que se definen en la Convención son inherentes a la dignidad humana y
el desarrollo armonioso de todos los niños y niñas. La Convención protege los derechos de la niñez
al estipular pautas en materia de atención de la salud, la educación y la prestación de servicios
jurídicos, civiles y sociales. Además resulta necesaria resaltar de conformidad a su artículo 1 de la
Convención, que se entiende por niño (-niño o niña-) a todo ser humano menor de 18 años de
edad. Dentro de éste contexto y demás normas supranacionales como la Declaración de los
Derechos Humanos, se reconoce el derecho de los niños a una educación participativa que los
prepare para una vida activa y responsable en una sociedad libre que respeta a los demás y al
medio ambiente, para cuyo efecto conviene establecer actividades concretas de parte de los niños
que permitan coadyuvar como parte de su formación integral, destinadas no sólo a la protección
del medio ambiente, sino al desarrollo sostenible y el mejoramiento del medio ambiente

NOTICIA 3/11/2009

MTPE. IGUAL SITUACIÓN SE OBSERVA CON LOS CONTRATOS POR LOCACIÓN DE SERVICIOS

Advierten uso indebido de contratos temporales

Este incumplimiento laboral se daría en el régimen de exportación

Fraudes a la normativa se sancionarán con multas de hasta S/. 106,500

Algunas empresas están empleando mal los contratos temporales de trabajo para exportación no tradicional, pues no cumplen con el requisito de que el 40% de su producción vaya al mercado externo, como corresponde hacer en estos casos, advirtió la ministra de Trabajo, Manuela García.
Explicó que con las visitas inspectivas se han hecho verificaciones de las contrataciones para saber si estos obedecen al régimen de exportación.

Dicho sector identificó que el 46.4% de los trabajadores, que significan 988,645 personas, está con contratos sujetos a modalidad; mientras que el 44.5%, que representa 947,064, está a plazo indeterminado, de acuerdo con las estadísticas proporcionadas por la planilla electrónica.
García afirmó que los empleadores deben tener cuidado porque ahora la Ley General de Inspección Trabajo permite a los inspectores aplicar el principio de la primacía de la realidad. “Si encuentran en los contratos laborales algún fraude a la ley, el trabajador puede salir de la modalidad de contratación de exportación para ser un trabajador a plazo indeterminado y dentro de la planilla de la empresa”, señaló la autoridad.

La titular de Trabajo, por otro lado, precisó que con el Plan Reto (Registro Obligatorio de Trabajadores en Planilla) se ha detectado que algunos empleadores utilizan equivocadamente los contratos de locación de servicios cuando realmente se trata de un contrato de trabajo.
García exhortó a los empleadores evitar caer en el fraude a la ley y cambiar el contrato de trabajo por uno de locación de servicios. Advirtió que aquellas empresas que infringen la legislación pueden ser sancionadas con multas de S/. 177 hasta los S/. 106,500, como monto máximo.

Verán aumento de RMV
La ministra de Trabajo, Manuela García, adelantó la posibilidad de que esta semana se reúnan con representantes de los gremios empresariales y sindicales para recibir la nueva propuesta de incremento de la Remuneración Mínima Vital (RMV). “En anteriores ocasiones, el ministerio ha citado a reuniones extraordinarias a ambos, pero solo concurrieron los empresarios.”

La semana pasada, los representantes de los empresarios y de las centrales sindicales acordaron reunirse con el MTPE para debatir la autonomía e institucionalidad del Consejo Nacional del Trabajo; y la aplicación de la cláusula gatillo, cuya implementación permitiría incrementar la RMV.

En planilla
Según el MTPE, 411,286 personas, de un total de 2’538,828, están registradas en las planillas electrónicas como locadores de servicios.

Los sectores en que se utiliza mal estos contratos son el inmobiliario, salud, manufactura, comercio y construcción civil.

viernes, 30 de octubre de 2009

NOTICIA

Investigan trabas a la inversión


Fiscalizan a 25 municipios por exigir requisitos no previstos en legislación

De confirmarse la infracción, sancionarán a funcionarios responsables

En su avance por eliminar las barreras burocráticas que limitan la inversión privada en el país, el Indecopi se encuentra investigando a 25 municipalidades de Lima y Callao por presuntamente exigir más requisitos de los que permite la ley para otorgar una licencia de funcionamiento. Según los resultados preliminares de esta indagación, se detectó que dichas comunas venían exigiendo requisitos adicionales, como el título profesional del solicitante en todos los rubros, constancia de no adeudar tributos, copia del título de propiedad o contrato de alquiler del local, fotografías, entre otros documentos. Entre las comunas investigadas figuran las jurisdicciones de Ate, Barranco, Chaclacayo, El Agustino, Independencia, Jesús María, La Molina, Lima, Lince, Los Olivos, Lurín, Miraflores, Puente Piedra, Punta Hermosa, Rímac, San Bartolo, San Juan de Lurigancho, San Juan de Miraflores, San Martín de Porres, Santa Anita, Santa María del Mar, Santiago de Surco, La Perla, La Punta y Ventanilla.


De confirmarse las presuntas infracciones, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi podría imponer sanciones de hasta 5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a S/. 17 550, a los funcionarios municipales que resulten responsables.
Durante la investigación se detectó igualmente que otros 10 municipios, si bien habían adecuado sus normas a la ley, en la práctica seguían exigiendo mayores requisitos de los permitidos. En estos casos, la institución los ha notificado para que capaciten a su personal en el cumplimiento de la ley.

¿Qué exige la ley?
Los requisitos permitidos por ley son: solicitud con carácter de declaración jurada, documento de identidad, vigencia de poder del representante legal si se trata de una empresa o carta poder con firma legalizada si se trata de personas naturales y certificado de inspección de Defensa Civil. Adicionalmente, de ser el caso, copia del título profesional para servicios relacionados a la salud, información sobre número de estacionamientos del local, autorización del sector respectivo en los casos que se requiera, autorización expedida por el Instituto Nacional de Cultura y pago de la tasa por derecho de trámite.

Obstáculos son permanentes
Las limitaciones o trabas a la simplificación administrativa es un
tema recurrente a nivel
de las comunas. Así, recientemente la secretaria de gestión pública de la PCM advirtió que el 96% de las 49 municipalidades limeñas consultadas no cumplían con informar que los formatos para obtener estas licencias son gratuitos.

Según dicho informe, 51% de las municipalidades no entregaban formularios gratuitos; el 86% no exhibía el TUPA consignando el
trámite para obtener la licencia, mientras que el 90% no presentaba el flujograma del proceso a seguir.

Sobre los costos del trámite de licencias de funcionamiento, éstos varían entre S/. 80 y S/. 960. Las jurisdicciones que
cobran menos son La Perla, Santa Rosa, Puente Piedra, Villa María del Triunfo, San Martín de Porres, San Miguel y Comas. En tanto, quienes más cobran derechos de trámite son Barranco, Punta Hermosa, Jesús María, San Borja, San Bartolo, San Luis, Surquillo, Pucusana,
Chorrillos y Lurigancho-Chosica, precisa el informe.

DECRETO SUPREMO Nº 022-2009-AG.- Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28029 DECRETO SUPREMO Nº 022-2009-AG

DECRETO SUPREMO Nº 022-2009-AG.- Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28029
DECRETO SUPREMO
Nº 022-2009-AG


Se dictaron normas relativas a la reserva de aguas,conservación de cuencas hidrográficas, otorgamiento de licencia de uso de agua y régimen de tarifa por el uso de agua en las nuevas obras de infraestructura de los Proyectos Especiales que hagan posible la promoción de la inversión privada en las nuevas obras de infraestructura hidráulica de los Proyectos Especiales en materia de recursos hídricos; y de esta forma, fomentar y viabilizar la mejora en la competitividad
de la producción agraria del país, promover la ampliación de la frontera agrícola y el desarrollo de
la actividad agroexportadora en general, así como la generación de empleos directos e indirectos,
en beneficio del ámbito de influencia de los Proyectos Especiales y del país en general.

martes, 27 de octubre de 2009

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 177-2009-SERNANP

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 177-2009-SERNANP

Aprueban Directiva para la aplicación del D. Leg. Nº 1079 y su Reglamento sobre medidas para garantizar el patrimonio de las Áreas Naturales Protegidas

se establece la creación del SERNANP, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente; siendo el ente rector del SINANPE y autoridad técnico normativa;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM del 15 de noviembre de 2008, se
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, que establece que tiene entre sus funciones aprobar las normas y establecer los criterios técnicos y administrativos, así como los procedimientos para el establecimiento y gestión de las Áreas Naturales Protegidas.