viernes, 25 de septiembre de 2009

DERECHO A LA VIDA

Protestas por aprobación del aborto

“Bogotá, Colombia (RCN) – Hace un año la Corte Constitucional despenalizó el aborto para casos especiales, pero el debate continúa. Cerca de doscientas personas protestaron en el centro de Bogotá por esa decisión.
Cerca de 30 casos se han presentado en todo el país, 10 de ellos en la capital de la República, según estadísticas del mov
imiento contra el aborto.
Este jueves más de doscientos jóvenes protestaron en el Palacio de Justicia por la decisión de la Corte. “Es mentira, injusticia y destrucción, porque acaba con las madres y con los niños, con los seres humanos inocentes y también exigimos del Gobierno Nacional y del Ministerio de la Protección Social, una política coherente con la declaración 2007 del año de la vida”, expresó una de las manifestantes.

De acuerdo con los manifestantes, el fallo a favor del aborto en caso de malformación del feto, violación y peligro de muerte para la madre, no se está aplicando rigurosamente.
Los integrantes de la protesta también le pidieron a la Corte Constitucional, que reconsidere la decisión tomada hace un a
ño.

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Artículo 1.

  • Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.


Artículo 2.

  • Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
  • Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3.

  • Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

CONSTITUCION DEL PERU

TÍTULO I

DE LA PERSONA Y DE LA SOCIEDAD

CAPÍTULO I

DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA

Artículo 1°. La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Artículo 2°. Toda persona tiene derecho:

1. A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.






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